Sábado 20 de Abril de 2024

Hoy es Sábado 20 de Abril de 2024 y son las 02:05 - ** La Agencia de Noticias “A1 Noticias”, fue declarada de Interés General y Legislativo, por Ordenanza Nº 6236/19 del HCD de Moreno ** GACETILLAS DE PRENSA por mail a [email protected] ** A1 Noticias **

  • 20.4º

20.4°

El Tiempo en Capital Federal

ECONOMÍA

3 de octubre de 2022

El HCD de Formosa aprobó el Régimen Especial de Regularización de Deudas: ¿Cuáles son los beneficios?

Por: Redacción A1 Noticias

Durante la última sesión el Concejo Deliberante de la capital provincial aprobó por unanimidad el nuevo Régimen Especial de Regularización de Deudas por Contribuciones, Impuestos, Tasas y Multas, que fue enviado por el Ejecutivo Municipal. (Por Marina Pechloff)

(Formosa, 03.Oct.2022 / Especial para A1 Noticias) La nueva normativa, que fue girada por el Ejecutivo municipal y analizada por los concejales, contempla los siguientes tributos y derechos incluidos.

a) Impuesto Inmobiliario; b) Tasa de Utilización de la Vía Pública y/o Contribución por Servicios que Inciden sobre los Vehículos Automotores y Otros Rodados; c) Tasa Única de Servicios Municipales y/o Tasa Única de Servicio; d) Tasa de Registro e Inspección y/o Contribución por Servicios que inciden sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios; e) Derechos de la Publicidad y Propaganda, y/o Contribución por Servicios Relativos a la Publicidad y Propaganda; f) Derecho de Ocupación o Utilización de Espacios del Dominio Público o Privado de la Municipalidad de la Ciudad de Formosa, y/o Contribución que Inciden sobre la Ocupación o Utilización de los Espacios del Dominio Público.

También están incluidos: g) de Construcción y/o Contribuciones que Inciden sobre la Construcción; h) Multas por infracciones tributarias formales. Multas por infracciones tributarias materiales; j) Multas por infracciones de Tránsito; k) Multas por infracciones de Bromatología y l) Multas por Infracciones de Obras Privadas. Todos los ítems incluyen, la deuda por tributos vencidos al 30/09/2022 y por multas confeccionadas hasta el 31/08/2022.

Con respecto a los beneficios del presente Régimen Especial de Regularización de Deudas por Contribuciones, Impuestos, Tasas y Multas, comprende un sistema de condonación de intereses resarcitorios y punitorios previstos en la normativa vigente, de acuerdo al siguiente esquema de planes: Pago al contado y/o hasta en 12 cuotas: condonación del 100% del total de intereses. De 13 a 18 cuotas: condonación del 90% del total de intereses. De 19 a 24 cuotas: condonación del 80% del total de intereses. De 25 a 36 cuotas: condonación del 70% del total de intereses. De 37 a 48 cuotas: condonación del 60% del total de intereses.

En relación a la condonación de las multas por infracciones cometidas hasta el 31 de Agosto de 2022, se condonará el 50% de las mismas si son abonadas en planes de hasta 12 cuotas. En planes de entre 13 y 48 cuotas, en tanto, la condonación de multas será del 35%. La cancelación de la deuda mediante la adhesión a este nuevo régimen se ajustará a las siguientes condiciones: planes de hasta 12 cuotas, sin interés de financiación; planes de 13 a 48 cuotas, con interés de financiación del 12% anual. El importe mínimo de la cuota se fija en $500.

Los efectos del plan tienen relación directa con considerar regularizado el importe adeudado, la posibilidad de obtener el Certificado de “Regularizado de Obligaciones”, que lo habilita para contratar con el Municipio y a tramitar y/o renovar la habilitación comercial. El término y plazo de adhesión será hasta el 30 de noviembre. La cancelación de las cuotas se hará por débito automático.

Además, habrá un gran beneficio para los buenos contribuyentes, ya que aquellos que estén al día tendrán un descuento adicional del 10% en el pago anual del año 2023. Requisitos generales: DNI o CUIT de contribuyente, acreditación de representación legal en el caso de Personas Jurídicas, constancia de la cuenta bancaria para el débito de las cuotas; constancia de domicilio real (boleta de servicio), declaración o ratificación del domicilio fiscal, declaración o ratificación del domicilio fiscal electrónico.

COMPARTIR:

Comentarios