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5 de agosto de 2020

El juez Augé procesó a Arribas y Majdalani por espionaje ilegal y les prohibió salir del país

Por: Redacción A1 Noticias

La medida dispuesta por el juez federal de Lomas de Zamora Juan Pablo Augé, podría imputar a los ex funcionarios de Cambiemos por delitos con penas de hasta diez años de reclusión. En la medida procesal produjo un embargo de dos millones de pesos por violación a la ley de inteligencia contra los ex jefes de la AFI, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani

(Lomas de Zamora, 05.Ago.2020 / A1 Noticias) Los ex integrantes de la conducción política de la AFI, fueron procesados por espionaje ilegal contra la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner, y se les prohibió la salida del país, además de trabarle embargos por dos millones de pesos a cada uno.

El contenido del procesamiento apunta también hacia la más alta esfera del gobierno de Mauricio Macri: “los servicios de inteligencia no son una ‘policía política’ ni son una institución autónoma desligada del gobierno ni de los controles que sobre este ejerce la sociedad democrática”.

La resolución de Augé dice que “tanto Arribas, como Majdalani y (el ex responsable de contrainteligencia, Alan) Ruiz, dispusieron, ordenaron a sus subalternos en forma sistemática a lo largo del tiempo, la realización de actividades de inteligencia (vigilancias, toma de fotografías y videos) sobre objetivos de orden político, en un abuso propio de su función y en oposición al marco normativo al que debieron sujetarse para el cumplimiento de su actividades”.

En el expediente judicial se detalla que “desde fines del mes de julio y los días previos al 7 de agosto de 2018, ordenaron la realización de tareas de vigilancia y observación frente a la sede del Instituto Patria y del domicilio de la entonces Senadora Nacional Cristina Fernández de Kirchner. La tarea encomendada tenía por objetivo obtener  información, mediante la producción de inteligencia, como así también la de almacenar datos sobre la nombrada Cristina Fernández, por el solo hecho de su opinión política, o su adhesión y pertenencia a organizaciones partidarias contrarias al gobierno de turno”.

La resolución explica que Arribas Majdalani y el ex jefe de Contrainteligencia Martín Coste (este último con una responsabilidad menor) tenían “prohibido realizar tareas de inteligencia vinculadas con la política o seguridad interior y los elementos de prueba compilados en la pesquisa dan cuenta que las actividades desarrolladas por los imputados”. Además cuando los móviles de la AFI fueron descubiertos en las inmediaciones del Instituto Patria, fraguaron información para brindarle una pátina de supuesta legalidad en varias causas judiciales.

“La confección de los informes (presentados ante los jueces Federico Villena y Marcelo Martínez de Giorgi) como los presentados ante la Comisión Bicameral de Inteligencia resultan a todas luces ideológicamente falsos por las materialidades introducidas en los mismos”. El juez Augé sostuvo que Arribas y Majdalani “solapadamente incorporan las tareas ilegales y clandestinas que venían llevando a cabo sin justificación alguna”.

El mencionado informe, contiene 137 fojas de un pequeño informe  y 131 de un informe general sobre análisis de riesgos y amenazas en el marco de los Juegos Olímpicos de la Juventud, y sólo “en 13 renglones hacen referencia vaga e imprecisamente sobre las tareas que se habrían llevado a cabo contra la persona de la Dra. Fernández de Kirchner, así como también respecto a los lugares que esta frecuentaba”, resume el auto de procesamiento.

La maniobra distractiva de Arribas y Majdalani fue calificada por el Juez Federal como “burda, escondieron 13 renglones en 137 fojas para intentar justificar en forma irregular y espuria el espionaje llevado a cabo contra la Vicepresidenta durante la gestión anterior de gobierno”.

El procesamiento incluye los delitos de “abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos” (un mes a dos años de cárcel); falsedad ideológica de documentos públicos (uno a seis años de reclusión o prisión); “violación al artículo 43 de la ley de Inteligencia”, que reprime con prisión de tres a diez años e inhabilitación especial por doble tiempo a “todo funcionario o empleado público que realice acciones de inteligencia prohibidas”.

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