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9 de septiembre de 2020

Tandil: Durante la etapa Roja, el Municipio aclaró cuales son los rubros y actividades esenciales

Por: Redacción A1 Noticias

Luego de confirmar el cambio a rojo en la calificación del Sistema Integral para enfrentar la pandemia, el Municipio de Tandil brindó precisiones sobre los rubros y actividades consideradas esenciales en este estadio y los horarios de funcionamiento del Servicio de Transporte Público de Pasajeros. Además se aclaró que los comercios y rubros no considerados esenciales deberán permanecer cerrados

(Tandil, 09.Sep.2020 / A1 Noticias) La medida se implementa para reducir al mínimo la movilidad y circulación en la ciudad, y se recomienda permanecer en los hogares y solo salir para resolver las cuestiones consideradas imprescindibles. 

Desde el Municipio se implementarán todos los mecanismos previstos para el control del estricto cumplimiento de las restricciones adoptadas. 

Las actividades consideradas esenciales y que podrán funcionar en el estadio rojo, a partir de lo determinado por el decreto municipal y por los decretos nacionales respectivos, son las siguientes: actividades de cobranza de servicios e impuestos; administración pública; asistencia a adultos mayores; asistencia a niños, niñas y adolescentes; asistencia a personas con discapacidad y a familiares que lo necesiten; atención de casos de fuerza mayor; atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos; avícolas; caminatas recreativas con grupos convivientes; carnicerías; casas velatorias; centros de diagnóstico por imágenes; cementerios; clínicas veterinarias; comunicación audiovisual, radial y gráfica; consultorios y profesionales de la salud; corralones para provisión de obra pública; Cruz Roja; Delivery; Despensas; establecimientos que atienden víctimas de violencia de género; estaciones de servicio; farmacias; ferreterías; fruterías y hospedaje de personas que realizan actividades esenciales. 

La lista también incluye: hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria; industrias de alimentación y bebidas (cadena productiva e insumos); industrias de equipamiento médico, medicamentos, vacunas e insumos sanitarios; industrias de higiene personal y limpieza; industrias de procesos productivos continuos e industrias y empresas con compromisos adquiridos de mercados y/o clientes; kioscos; laboratorios; lavanderías; mantenimiento de servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones) y atención de emergencias; mini, súper e hipermercados; ministros y ministras de cultos religiosos para brindar asistencia espiritual; obra privada de infraestructura energética; obra pública; operación de garages y estacionamientos; ópticas; panaderías; personas con discapacidad y profesionales que las atienden; pescaderías; plantas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica y combustibles; plantas de tratamiento o refinación de petróleo y gas; producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca; provisión de garrafas; recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos; remates de hacienda; servicio de paquetería y correo privado; servicio doméstico de limpieza; talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de la fuerza de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular; take a way para retiro de alimentos y mercadería; telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales; transporte de caudales; transporte de mercaderías y combustibles; transporte público y privado de pasajeros; verdulerías y vigilancia, limpieza y guardia. 

Todas las actividades mencionadas podrán funcionar exclusivamente hasta las 18 horas, a excepción de las actividades de expendio de combustible, delivery, consultorios de profesionales de la salud, laboratorios y centro de diagnóstico, los cuales mantendrán el horario autorizado al 21 de agosto de 2020. 

Durante el estadio rojo los comercios y rubros no considerados esenciales deberán permanecer cerrados.  

Además se aclaró que se mantendrá el horario para el take a way en materia gastronómica hasta las 24 hs. (Decreto N° 1428/20) y que está permitido el take a way (entrega a domicilio) de mercadería no esencial. 

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